Medidas transitorias a la comercialización de combustible
Mediante el Decreto 250, del 28 de diciembre de 2016, la alcaldía municipal de Ipiales, adoptó medidas transitorias a la comercialización, distribución, almacenamiento y transporte de combustible en el municipio.
El Secretario de Gobierno Jorge Montenegro Mier, informó que el decreto resuelve que el expendio de combustible, solo podrá realizarse en las estaciones de servicio registradas en el sistema de información de combustibles líquidos SICOM y que el descargue deberá realizarse en presencia de un funcionario de la alcaldía de Ipiales.
En el artículo 4, el decreto prohíbe la venta y transporte de combustibles en recipientes, galones, canecas, pimpinas y cualquier otro elemento que no cumpla con los requisitos establecidos, quedan excluidos de la media los organismos de socorro.
El volumen máximo para vehículos livianos es cinco galones y para vehículos de carga pesada es 20 galones.
Para dar cumplimiento a estas determinaciones la administración municipal implementará medidas de vigilancia y control, para lo cual la unidad de protección al consumidor, la Policía y la Secretaria de Tránsito Municipal, están facultadas para sancionar a quienes incumplan el decreto.
Montenegro Mier, explicó que la medida se tomó debido a que el cupo asignado para Ipiales no abastece la demanda.

