Medidas transitorias a la comercialización de combustible

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Mediante el Decreto 250, del 28 de diciembre de 2016, la alcaldía municipal de Ipiales, adoptó medidas transitorias  a la comercialización, distribución, almacenamiento y transporte de combustible en el municipio.

El Secretario de Gobierno Jorge Montenegro Mier,  informó que  el decreto resuelve que el expendio de combustible, solo podrá realizarse  en las estaciones de servicio  registradas en el sistema de información de combustibles líquidos SICOM y que el  descargue deberá realizarse en presencia de un funcionario  de la  alcaldía de Ipiales.

En el artículo 4, el decreto prohíbe  la venta y transporte de combustibles en recipientes, galones, canecas, pimpinas y cualquier otro elemento  que no cumpla  con los requisitos establecidos, quedan excluidos de la media los organismos de socorro.

El volumen máximo para vehículos livianos es cinco galones y para vehículos de carga pesada es 20 galones.

Para dar cumplimiento a estas determinaciones la administración municipal implementará medidas de vigilancia  y control, para lo cual la unidad de protección al consumidor, la Policía y la Secretaria de Tránsito Municipal, están facultadas  para sancionar a quienes incumplan  el decreto.

Montenegro Mier, explicó que la medida se tomó debido a que el cupo asignado para Ipiales  no abastece la demanda.