$2.300 deberá pagar para viajar a Pupiales
Desde este jueves 6 de octubre, las empresas: Expreso las Lajas y Taxandina, que cubren la ruta Ipiales-Pupiales, anunciaron un aumento en la tarifa del pasaje del 15 %.
Teniendo en cuenta el porcentaje, el ajuste que han acordado las empresas transportadoras es de $ 300 y desde este jueves quienes deseen viajar en la ruta: Pupiales-Ipiales o viceversa, tendrán que pagar $ 2.300 y los estudiantes $1.500.
Según lo manifestado por los directivos, el reajuste se debe a la taza de uso de la terminal, que actualmente está cobrando $3.700, por cada vehículo que despacha, más el costo de la gasolina y gastos varios del vehículo, no permiten una rentabilidad.

Se debería hacer la claridad sobre la tasa de uso, según el decreto 2762 por medio del cual se reglamenta la creación, habilitación, homologación y operación de los terminales de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera. Estipulado en el capítulo IV, articulo 12 Fijación el ministerio de transporte mediante resolución y teniendo en cuenta la clase de vehículo a despachar, la longitud de la ruta y el número de terminales en el recorrido FIJARÁ LAS TASAS DE USO QUE DEBEN COBRAR LOS TERMINALES DE TRANSPORTE TERRESTRE, autorizados por este.
Por este motivo es el valor cobrado a las empresas que prestan sus servicios en la ruta Ipiales – Pupiales, no es un valor fijado por el terminal de Ipiales si no por el contrario, es el ministerio de transporte quien fija estas tarifas.
DECRETO 2762 DE 2001
Por el cual se reglamenta la creación, habilitación, homologación y operación de los terminales de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera.
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CAPITULO IV
Tasas de uso
Artículo 11. Definición. Denomínase tasas de uso el valor que deben cancelar las Empresas de Transporte por el uso de las áreas operativas de los terminales de transporte terrestre de pasajeros por carretera, a la empresa terminal de transporte.
Artículo 12. Fijación. El Ministerio de Transporte mediante resolución y teniendo en cuenta, la clase de vehículo a despachar, la longitud de la ruta y el número de terminales en el recorrido, fijará las tasas de uso que deben cobrar los terminales de transporte terrestre, autorizados por este, a las empresas de transporte intermunicipal de pasajeros usuarias de los mismos, la cual se compone de dos partes: una suma que se destinará al desarrollo de los programas atinentes a la seguridad definidos en el numeral 8 del artículo 13 del presente decreto la cual será recaudada por los Terminales de Transporte y transferida íntegramente a la entidad administradora de los mencionados programas y la otra parte restante ingresará a la Empresa Terminal de Transporte.
También se puede ver el Decreto 1079 de 2015 Unico Reglamentario del sector transporte.
Sección 10, subsección 3 sobre las tasas de uso de los terminales.
Las empresas en Pupiales que prestan el servicio intermunicipal quieren hacer lo que les da la gana con los usuarios y se inventan lo que sea para determinar el valor del pasaje.
ESTO ES EL COLMO DE USURA.
El ministerio de Transporte mediante Resolución No. 5786 de 2007, fijó las tarifas mínimas para la prestación del servicio público de transporte terrestre automotor de pasajeros por carretera. La norma limita el incremento a los estudios y estructura de costos realizados directamente por la empresa o a través de entidades gremiales que dieron origen al cálculo de las tarifas.
La resolución 3600 de 2001 en donde se establece la libertad de tarifas, la misma que se establece con base en los principios de eficiencia y seguridad; de acuerdo con esta disposición las empresas de transporte deben informar a los usuarios con la debida anticipación (5 días mínimo) cualquier ajuste en las tarifas y MANTENER A DISPOSICIÓN DE LOS USUARIOS LAS ESTRUCTURAS DE COSTOS QUE SIRVEN DE BASE PARA LA DETERMINACIÓN DEL INCREMENTO.
De esta manera, de conformidad con la resolución 5786 de 2007 el valor del pasaje de Ipiales a Pupiales es de $900 correspondientes al grupo A, $700 si es del grupo B y $600 si es del grupo C. Los grupos corresponden a la categoría de prestación del servicio habilitado, para lo cual se debe mirar lo establecido al respecto en el Decreto 1079 de 2015.
O sea que el incremento del pasaje de Pupiales a Ipiales no tiene justificación alguna, pues no se mira por ninguna parte el estudio de costos, además se debe tener en cuenta la distancia (7 Km), estado de la vía (pavimentada); tipo de vehículos (aerovan diesel) costo del combustible (diesel con subsidio), modelo de los vehículos (todos los vehiculos de las empresas son mínimo 2014) etc, lo que hace que los costos sean mínimos. OJO! Gerentes. Ojo! Usuarios no se dejen meter los dedos en la boca.